La distribución de recursos financieros públicos entre la Nación y las provincias es un aspecto central que apuntala la vigencia de un régimen federal de gobierno y de su definición y forma de implementación depende en gran parte el ejercicio efectivo de la autonomía por parte de las provincias.
Un aspecto crítico de esta distribución surge del régimen de Coparticipación Federal de Impuestos actualmente regido por la Ley 23.548. La Constitución Nacional reformada en el año 1994 determina la necesidad de establecer un nuevo régimen de coparticipación bajo las pautas de automaticidad en la remisión de fondos, objetividad en los criterios de reparto, equidad, solidaridad y prioridad en el logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional. Estableció asimismo como plazo para su sanción la finalización del año 1996. Pasados once años del vencimiento de dicha imposición constitucional, el país no ha podido arribar a los consensos necesarios para posibilitar la sanción de esta norma.
Esta falencia denota una fuerte debilidad institucional, que conspira contra la construcción de un federalismo fuerte y moderno en la Argentina y socava las autonomías provinciales.
Uno de los pilares centrales del programa económico del gobierno nacional ha sido indudablemente el sostenimiento de un esquema de solidez fiscal evidenciado en la consecución de un importante superávit fiscal primario. Ahora bien, este esquema de solvencia fiscal no significó un cambio en la estructura tributaria regresiva que mantiene nuestro país y se basó en un diseño fuertemente centralizador de los ingresos fiscales en manos del Poder Central.
Así vemos que de los recursos tributarios que ocupan el tercer y cuarto lugar en monto de recaudación, es decir, las retenciones y aranceles a la exportación por un lado, y el impuesto a los débitos y réditos por el otro, su coparticipación a las provincias es mínima. En el primer caso, la coparticipación es “cero peso, cero centavo”, en el otro alcanza sólo el 14,5% de lo recaudado. Estos son factores que explican en parte la reticencia del gobierno nacional a discutir una reforma del sistema impositivo y del régimen de coparticipación.
Por otra parte, como ejemplo de la pérdida de participación de las provincias en los ingresos públicos, podemos destacar que la recaudación total a nivel nacional de ingresos del año 2007, ascendió a $ 199.780 Millones (considerando las contribuciones de seguridad social), de los cuales se coparticiparon por el esquema normado a las provincias $54.676 Millones, que representa solo el 27,37 % porcentaje que nos revela la insuficiente participación, incluso comparado en términos históricos
Asimismo y más allá de mora constitucional, observamos con grave preocupación que el Gobierno Nacional no cumple siquiera con la ley vigente de Coparticipación Federal 23.548 en uno de sus aspectos fundamentales como el referido en su artículo 7, por el cual se determina un piso de recursos sobre el total recaudado –34%- que debe se distribuido a las provincias
En los últimos cuatro años, este incumplimiento de la garantía del 34% ascendió en valores nominales (sin actualización) a la suma de $ 60.566 millones. Si tomamos las cifras solo del año 2007, y a modo de ejemplo, podemos señalar que para la Provincia de Santa Fe la pérdida de coparticipación de acuerdo a los porcentajes vigentes fue de $1.229 Millones, lo que equivale al 10% de su presupuesto anual.
Este panorama de holgura fiscal en la Nación y restricción en las provincias deriva en una perversa dependencia, que el Gobierno Nacional explota a través de transferencias discrecionales a las provincias para paliar sus necesidades. Así, todas las provincias argentinas son fuertemente dependientes de los recursos provenientes del gobierno nacional, con lo cual éste logra imponer criterios que limitan la autonomía provincial en el diseño de políticas públicas locales.
La no sanción de un régimen que contemple de manera única, estable y transparente la distribución de recursos entre la Nación y las provincias sumado al deliberado incumplimiento de la garantía establecida en la ley de coparticipación vigente, favorece la centralización de recursos por parte del Estado Nacional en detrimento de las jurisdicciones provinciales así como incentiva una mayor discrecionalidad en el manejo de los recursos públicos. Un comportamiento que es más propio de Harapagón, el protagonista de “El Avaro” de Moliere que se queda con todo sin repartir, que de un gobierno preocupado por una distribución más equitativa de la riqueza..
Un aspecto crítico de esta distribución surge del régimen de Coparticipación Federal de Impuestos actualmente regido por la Ley 23.548. La Constitución Nacional reformada en el año 1994 determina la necesidad de establecer un nuevo régimen de coparticipación bajo las pautas de automaticidad en la remisión de fondos, objetividad en los criterios de reparto, equidad, solidaridad y prioridad en el logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional. Estableció asimismo como plazo para su sanción la finalización del año 1996. Pasados once años del vencimiento de dicha imposición constitucional, el país no ha podido arribar a los consensos necesarios para posibilitar la sanción de esta norma.
Esta falencia denota una fuerte debilidad institucional, que conspira contra la construcción de un federalismo fuerte y moderno en la Argentina y socava las autonomías provinciales.
Uno de los pilares centrales del programa económico del gobierno nacional ha sido indudablemente el sostenimiento de un esquema de solidez fiscal evidenciado en la consecución de un importante superávit fiscal primario. Ahora bien, este esquema de solvencia fiscal no significó un cambio en la estructura tributaria regresiva que mantiene nuestro país y se basó en un diseño fuertemente centralizador de los ingresos fiscales en manos del Poder Central.
Así vemos que de los recursos tributarios que ocupan el tercer y cuarto lugar en monto de recaudación, es decir, las retenciones y aranceles a la exportación por un lado, y el impuesto a los débitos y réditos por el otro, su coparticipación a las provincias es mínima. En el primer caso, la coparticipación es “cero peso, cero centavo”, en el otro alcanza sólo el 14,5% de lo recaudado. Estos son factores que explican en parte la reticencia del gobierno nacional a discutir una reforma del sistema impositivo y del régimen de coparticipación.
Por otra parte, como ejemplo de la pérdida de participación de las provincias en los ingresos públicos, podemos destacar que la recaudación total a nivel nacional de ingresos del año 2007, ascendió a $ 199.780 Millones (considerando las contribuciones de seguridad social), de los cuales se coparticiparon por el esquema normado a las provincias $54.676 Millones, que representa solo el 27,37 % porcentaje que nos revela la insuficiente participación, incluso comparado en términos históricos
Asimismo y más allá de mora constitucional, observamos con grave preocupación que el Gobierno Nacional no cumple siquiera con la ley vigente de Coparticipación Federal 23.548 en uno de sus aspectos fundamentales como el referido en su artículo 7, por el cual se determina un piso de recursos sobre el total recaudado –34%- que debe se distribuido a las provincias
En los últimos cuatro años, este incumplimiento de la garantía del 34% ascendió en valores nominales (sin actualización) a la suma de $ 60.566 millones. Si tomamos las cifras solo del año 2007, y a modo de ejemplo, podemos señalar que para la Provincia de Santa Fe la pérdida de coparticipación de acuerdo a los porcentajes vigentes fue de $1.229 Millones, lo que equivale al 10% de su presupuesto anual.
Este panorama de holgura fiscal en la Nación y restricción en las provincias deriva en una perversa dependencia, que el Gobierno Nacional explota a través de transferencias discrecionales a las provincias para paliar sus necesidades. Así, todas las provincias argentinas son fuertemente dependientes de los recursos provenientes del gobierno nacional, con lo cual éste logra imponer criterios que limitan la autonomía provincial en el diseño de políticas públicas locales.
La no sanción de un régimen que contemple de manera única, estable y transparente la distribución de recursos entre la Nación y las provincias sumado al deliberado incumplimiento de la garantía establecida en la ley de coparticipación vigente, favorece la centralización de recursos por parte del Estado Nacional en detrimento de las jurisdicciones provinciales así como incentiva una mayor discrecionalidad en el manejo de los recursos públicos. Un comportamiento que es más propio de Harapagón, el protagonista de “El Avaro” de Moliere que se queda con todo sin repartir, que de un gobierno preocupado por una distribución más equitativa de la riqueza..